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El Municipio Recuerda La Normativa Sobre La Poda Y Extracción De árboles En Vereda

El Municipio recuerda la normativa sobre la poda y extracción de árboles en vereda

La Dirección de Espacios Verdes de la Secretaria De Gestión Ambiental y Sostenibilidad recuerda la regulación existente sobre la poda y extracción de árboles domiciliarios en vereda.

Acorde a la Ordenanza N° 12.472, se impide el corte, desramado, tala, extracción, trasplante, remoción, derribo, eliminación o destrucción parcial o total de especies que formen parte del arbolado público urbano. Estas acciones pueden ser sancionadas con multas, según lo indica el artículo N°240 del Código de Convivencia Municipal.

Sin embargo, existen excepciones que no requieren autorización. Tal es el caso del corte de ramas bajas si afecta la circulación peatonal o vehicular, con un límite de hasta 2,50 metros de altura sobre vereda o 3,50 metros sobre la calle para facilitar el paso vehicular.

Se precisa solicitar autorización al Municipio en los siguientes casos:

  • Cuando el árbol afecte la prestación de algún servicio como electricidad, luminaria, agua, etc.
  • Si hay ramas secas, enfermas o débiles que puedan significar un peligro para vehículos y peatones (poda de limpieza y conservación).
  • Cuando el árbol afecte la infraestructura pública o privada u obstaculice cartelería de tránsito o semáforo (poda de formación).
  • Cuando las raíces provoquen roturas de vereda, solado, cordón cuneta o servicios subterráneos (poda de raíces).

La autorización para realizar una poda puede hacerse a través del correo electrónico espaciosverdescordoba@hotmail.com, por teléfono al 147 o al 4333306/07.

Presencialmente el trámite se puede realizar en el Departamento de Agronomía Municipal ubicado en Avenida Pablo Richieri 1955 y en la Dirección de Espacios Verdes que se encuentra en Pasaje Los Carolinos s/n frente al Rosedal en el Parque Sarmiento, de lunes a viernes de 8 a 14 horas.

Al solicitar autorización vía correo electrónico se solicita dar una breve explicación de la poda a realizar y los motivos que la justifican, adjuntando fotos de los árboles en cuestión. Incluir además datos del solicitante o habitante del inmueble o familiar directo, foto del DNI, de un impuesto municipal o documento que dé cuenta del titular y datos catastrales.

De manera presencial se deberá llevar fotocopia del DNI e impuesto municipal a nombre del interesado con datos catastrales.

Luego de recibir la autorización, la persona interesada se debe comunicar previamente con la empresa de recolección de residuos que le corresponda por su zona, para solicitar el retiro de los restos de poda, los cuales no pueden quedar depositados sobre la vereda.

En el caso de que el vecino resida en zona sur debe comunicarse con la empresa LUSA al 0800-555-5872; en zona centro, Nueva Córdoba y General Paz comunicarse con LAM al 0800-555-52672; y en zona norte con Urbacor al 0800-777-8722.

Cabe aclarar que está prohibido podar para darle forma a los árboles con fines estéticos, o porque afecte a la visual de cartelería comercial o vidriera. Para realizar denuncias por este tipo de infracciones comunicarse al teléfono 4333306 de lunes a viernes de 8 a 14 horas.

Cuando se presenta interferencias con los tendidos aéreos (EPEC, TV por cable, Telecom) la encargada de despejarlo es la empresa prestataria.

Por cualquier duda o consulta, se puede acudir a la División Arbolado del Departamento Agronomía, Av. Riccheri s/n. Parque Sarmiento, Teléfono (0351) 433 3306, e-mail: devagronomía@gmail.com.

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