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El Registro Civil Municipal Digitaliza Las Partidas De Nacimiento, Matrimonio Y Defunciones

El Registro Civil Municipal digitaliza las partidas de nacimiento, matrimonio y defunciones

  • Los documentos tienen la misma validez y certificación que el trámite común.
  • El trámite se realiza on line, no requiere desplazamientos ni la presencia física de los solicitantes, evitando así posibles aglomeraciones.

Los vecinos de la ciudad ya pueden solicitar y obtener partidas de nacimiento, matrimonio y defunciones de manera digital, sin salir de su casa.

El trámite se inicia de manera online, a través de la plataforma Ciudadano Digital (CiDi), los solicitantes recibirán una notificación vía correo electrónico cuando el acta se encuentre disponible.

Estos documentos tienen la misma validez y certificación que el trámite común y es posible gracias al proceso de digitalización que viene llevando adelante el Registro Civil, el cual incorpora la firma digital y el código QR a cada partida digital. “Esto significa que la persona puede imprimir el acta y presentarla en cualquier repartición que necesite, al leer el código QR se legitima el acta que está presentando y valida todos los datos que esa acta contiene”, detalla Belén Blanda, Directora del Registro Civil.

Al mismo tiempo, la digitalización del trámite para obtener partidas es una herramienta fundamental en el contexto sanitario actual, ya que la totalidad del proceso se hace de manera digital, sin requerir el desplazamiento ni la presencia física de los solicitantes en ninguna etapa, evitando así posibles aglomeraciones.

Este avance en materia de digitalización que lleva adelante el Registro Civil municipal forma parte del proceso de modernización iniciado por la gestión del intendente Martín Llaryora. En esa línea ya se lograron avances notables que permiten a la Municipalidad de Córdoba hacer más eficiente la gestión de diversos trámites, reduciendo costos en insumos, y mejorando la atención a los vecinos con menor impacto en el ambiente. Entre ellos podemos mencionar la incorporación a la plataforma digital provincial de Ciudadano Digital (CiDi), el boletín electrónico, el sistema de subastas electrónicas y el oficio judicial digital, entre otros.

Pasos para gestionar virtualmente las actas:

1) Iniciar sesión en la cuenta CiDi nivel 2 e ingresar a la opción “Registro Civil Online”.
2) Dirigirse a “Solicitar partidas”.
3) Completar los datos de la persona sobre la cual se solicitará el acta.
4) Indicar el motivo de la solicitud.
5) De ser necesario, tildar la casilla “Legalizada” (cuando deba ser presentada fuera de la Provincia de Córdoba).
6) Seleccionar el modo de envío.
7) Es importante indicar la localidad original donde está inscripta la partida, además de los datos del acta, tomo, serie, folio y año.
8) Finalizado el formulario seleccionar “Enviar solicitud”.
9) Pagar el cupón de pago que llegará vía mail.
10) Acreditado el pago, el acta llegará de manera digital a la sección “Mis documentos” de CiDi desde el cual se inició la solicitud.

ACTAS DE NACIMIENTO Y DNI, SOLO EN LOS CPC

La Municipalidad recuerda que el Acta de Nacimiento y el Documento Nacional de Identidad ya pueden tramitarse en los Centros de Participación Ciudadana (CPC). Los interesados deberán ingresar al sitio www.cordoba.gov.ar, seleccionar la pestaña #Munionline y continuar con los pasos que indica el sistema.

Debido a la pandemia que azota al mundo, las bocas de atención que desde siempre realizaron este trámite estuvieron cerradas durante cinco meses, quedando como único punto de atención el Registro Civil Central (calle Colón).

Esta situación motivó que se acumulen en el Registro Civil Central los trámites para otorgar actas y DNI a los recién nacidos, a pesar de la extensión de la jornada de trabajo del personal que allí se desempeña.

Así, la apertura de los CPC y de las bocas de la Provincia permitirá atender con mayor celeridad esta demanda.

Finalmente, se recuerda que por Resolución 309/2020 de la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación se dispuso “con carácter excepcional, que todos los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga deberán incorporar, de manera provisoria y por el término de hasta CUARENTA Y CINCO (45) días posteriores a la finalización del período de aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el Decreto Nº 297/20 y sus eventuales prórrogas, a las hijas e hijos de afiliadas y afiliados titulares nacidos a partir del 20 de febrero de 2020, con la sola acreditación del nacimiento y parentesco, mediante presentación de la Partida de Nacimiento, Certificado Médico de Nacimiento expedido por el establecimiento médico asistencial de gestión pública o privada suscripto por el médico, obstétrica o agente sanitario habilitado al efecto que hubiere atendido el parto, o cualquier otro instrumento que, en copia u original, permita tener por acreditada, razonablemente, la ocurrencia del nacimiento”.

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