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Preguntas Frecuentes

CONSIDERACIONES GENERALES

Los tipos de obra, según su complejidad, se dividen en:

Tipo 1

  • Residenciales: viviendas unifamiliares hasta 1000 m2.
  • Residenciales: hasta 600 m2 cubiertos y hasta 6 unidades funcionales.
  • Comerciales: hasta 250 m2 y hasta 4 unidades funcionales.

Tipo 2

  • Residenciales de más de 6 unidades funcionales (cualquier superficie).
  • Residenciales de más de 600 m2 y más de 1 unidad funcional.
  • Comerciales de más de 250 m2 o más de 4 unidades funcionales.
  • Resto de subtipos (industriales, educativos, sanitarios, etc.)

A través de la plataforma podrás solicitar Informes Técnicos (sólo para obras Tipo 2), Permisos de Edificación, Permisos de Ampliación/Modificaciones de Proyecto, Avances de Obra, Finales de Obra y Conformes a Obra.

Algunos trámites se han simplificado o unificado. Por ejemplo, podrás declarar una Modificación de Proyecto (si no comenzaste a construir) a través del Permiso de Ampliación Digital; una Modificación de Proyecto Ejecutado (si ya construiste) a través del Conforme a Obra; o una modificación en los profesionales actuantes en la obra mediante el Avance de Obra. Si no lo encontrás dentro de los trámites habilitados, es posible que ese trámite esté en proceso de digitalización y tengas que presentarlo presencialmente. Si tenés dudas, en la Guía de Trámites se detallan todos los trámites disponibles.

Si empezaste el trámite por vía presencial (en formato papel), vas a poder continuar el expediente de forma digital al iniciar un nuevo trámite, adjuntando el resultado del trámite en papel como “Antecedente”, según el caso. Por ejemplo: si obtuviste tu Permiso de Edificación en papel, podrás iniciar el Avance de Obra en la plataforma, y adjuntar el Permiso como antecedente.

Los trámites digitales no requieren ser impresos ni firmados en papel para ninguno de los planos o documentos asociados. La firma electrónica o digital es suficiente. Cualquier acción solicitada de esta índole deberá ser notificada al número o mail provisto por Soporte.

Debido a su carácter de Declaración Jurada, los trámites de Obras Privadas solo podrán ser realizados por un profesional matriculado, con cuenta en CiDi de nivel 2. A su vez, el profesional deberá cumplir algún rol en la obra (Proyectista, Conductor Técnico, Director Técnico o Representante Técnico).

Es requisito obligatorio que todos los propietarios de parcela tengan Nivel 2 en su cuenta de CiDi para poder ser registrados y notificados. Además, el profesional también debe contar con CiDi 2 para poder cargar el trámite. Para saber cómo hacer CiDi Nivel 2, hace clic acá.

No, todos los profesionales firmantes del Plano y el Contrato serán responsables del cumplimiento de la normativa, la veracidad tanto de los datos cargados como de la documentación adjunta, y la correcta ejecución de la obra, cada uno con sus incumbencias, según la tarea.

Sí, Obras Privadas Digital está habilitada para gestionar trámites de toda la ciudad de Córdoba.

Sí. Al darse de alta o baja algún profesional interviniente, es obligatorio declararlo, aunque no sea aquel que cargó el trámite. Para ello, deberás solicitar un Avance de Obra y seleccionar la opción “Informar solo baja profesional” o “Informar alta y baja profesional”. Allí, se te requerirá adjuntar el nuevo Contrato firmado, el nuevo Plano visado y la documentación de baja/alta de los profesionales para alta y baja o únicamente la documentación de baja si se requiere solo la baja. Importante: En caso de que un profesional solo informe la baja y no se realice un nuevo alta, la obra quedará paralizada y el permiso rechazado hasta tanto se declare un nuevo profesional responsable.

CARGA Y ARCHIVOS

En el caso de tener que adjuntar más de un archivo en un solo campo, deberás comprimirlos en un .zip o .rar para poder subirlos.

Si durante la carga de documentación el sistema no te muestra el archivo que querés adjuntar, hacé clic en “Todos los archivos” para que aparezcan todos los formatos.

En el caso de los Informes Técnicos (cuyos planos requieren corrección), es necesario presentar el plano en formato .dwf. En el resto de los trámites, podrás presentar el plano en PDF o adjuntar el archivo .dwf en un .rar

Si tu archivo pertenece al tipo BIM, vas a poder subirlo en Permiso de Edificación BIM en formatos .rvt, .rar, .zip

NOMENCLATURA CATASTRAL Y ESTADO DE PARCELA

Si no conocés tu Nomenclatura Catastral, podrás buscar tu parcela a través del siguiente mapa. En el caso de parcelas que estén en trámite y no tengan NC definitiva, deberás cargar la Nomenclatura que figure en el Anexo II que acompaña al Certificado de Amojonamiento. La carga de parcelas madre resultará en la anulación del trámite.

Las parcelas en estado Definitivo o Provisorio son aquellas que cuentan con plancheta catastral (podes consultarla aquí) y que figuran en la base de datos Municipal. Las parcelas en estado Transitorio son aquellas cuyos loteos están en trámite, sin aprobación final por parte de la Municipalidad de Córdoba (en cuyo caso, deberá presentar el Certificado de Amojonamiento junto a los Anexos I y II firmados).

En caso de los loteos nuevos, la información figura en la documentación entregada por la empresa loteadora (dentro del Anexo II). Si el loteo ya existía, podrá obtenerlo de los impuestos que paga del mismo.

Estos documentos son proporcionados por el desarrollista del loteo. El Certificado de Amojonamiento deberá estar firmado por un profesional responsable con título habilitante para la tarea (como un agrimensor), el Anexo I deberá estar firmado por el responsable del loteo y el Anexo II por el propietario.

Si en lugar de calle y altura, fuera lote y manzana, deberás cargar el lote en el campo de calle, y la manzana en el campo de altura.

NORMATIVA

Para consultar la normativa vigente, hace clic acá.

Si tu obra es de Tipo 1, podrás solicitar una Consulta Técnica a través del Turnero Municipal disponible en la plataforma de Vecino Digital. En la misma, recibirás asesoramiento de un agente de Obras Privadas vía videollamada. Si tu obra es de Tipo 2, podrás solicitar un Informe Técnico a través de la plataforma.

PAGOS

Antes de proceder al pago, ¡recordá habilitar las ventanas emergentes! En la esquina superior derecha de tu navegador vas a encontrar un ícono con una pequeña cruz roja, cliquealo y seleccioná “Permitir siempre ventanas emergentes y redirecciones de “sitio”. Luego apretá “Hecho”. Ahora sí, podrás generar tu boleta.

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Podrás pagar tu trámite a través de medios presenciales (Rapipago, PagoFácil, etc.) o medios online (Tarjetas de débito y crédito). En el caso de los medios online, la acreditación es automática, pero si abonás a través de medios presenciales, deberás enviar un mail a comprobantesdopus@gmail.com con los datos del trámite en el Asunto (Ej: “Comprobante de pago Informe Técnico # 444 12/09” y una imagen o foto del comprobante donde se vean claramente sus datos)

Al finalizar los trámites que requieran pago te encontrarás con la opción de Delegar Pago. Allí tendrás varias opciones para enviar el cedulón a la persona correspondiente (WhatsApp, Telegram, mail o copia del link). Recordá que si el pago se realizará con tarjeta, deberás consultar previamente con qué tarjeta se abonará.

No te preocupes, vas a poder verlo en la bandeja Mis trámites y descargarlo tantas veces como necesites.

En caso de que se encuentre cargando un trámite y no le corresponda realizar el pago del mismo, una vez en la página de pago online podrá delegarlo a quien corresponda. 

Para ello deberá seleccionar el método de pago correctamente, tenga en cuenta que no podrá modificarlo luego, por lo que la opción elegida debe corresponder con el método que quiera utilizar quien realice el pago. 

Luego, sin completar los datos de la tarjeta, deberá seleccionar la opción “Delegar pago”. Allí podrá copiar el link de pago para luego enviarlo al destinatario, o directamente enviarlo vía mail.  

Puede consultar el instructivo haciendo clic acá

INFORME TÉCNICO

El Informe Técnico está disponible únicamente para las obras de Tipo 2. Para una obra Tipo 1, podés realizar una Consulta Técnica sacando un turno a través del Turnero Digital disponible en la plataforma Vecino Digital.

El Plano municipal debe ser cargado en formato .dwf sin excepciones, ya que debe ser corregido. Si te encontrás con dificultades para hacerlo, podés adjuntarlo dentro de un archivo .rar.

Podrás adjuntar tu Informe Técnico en papel como antecedente o “previa” de un Permiso de Edificación Digital (solo obras de Tipo 2), siempre y cuando tenga una antigüedad menor a 180 días hábiles.

Si no se permitiera la carga del plano en formato .dwf la mejor opción es crear un archivo .rar con el plano y
adjuntarlo en formato .rar.

Hacé click acá para ver el instructivo a modo de ejemplo para crear el archivo.

PERMISO DE EDIFICACIÓN AUTOMÁTICO

Las Obras calificadas para realizar un Permiso de Edificación Automático son las Tipo 1.
– Residenciales: viviendas unifamiliares hasta 1000m2.
– Residenciales: viviendas hasta 600m2 y hasta 6 unidades funcionales.
– Comerciales: hasta 250m2 y hasta 4 unidades funcionales. y/o Mixtas: Constituye una obra residencial y comercial de hasta 250m2 y hasta 4 unidades funcionales.

Se debe ingresar el monto de obra total que figure en la Planilla de Liquidación tramitada ante el Colegio profesional correspondiente.

Se considera obra por presupuesto a toda tarea que el colegio profesional designe como tal. Por ejemplo, pérgolas y piletas. Se necesitarán los datos en m2 según Planilla de Liquidación del Colegio.

El Permiso de Edificación Automático no tiene costo extra administrativo, sólo deberá abonar los derechos de edificación que correspondan según la Ordenanza Tarifaria Anual.

No necesariamente. Podrás obtener autorización para demoliciones parciales como parte del proyecto cuando la superficie a demoler sea menor al 8% de la superficie cubierta en m2 existente.

Una vez que el pago impacte efectivamente en el sistema, podrás descargar tu Permiso en la plataforma en la sección Mis trámites, haciendo clic en el código QR que aparecerá en tu trámite. El mismo deberá ser impreso y estar exhibido en la obra al alcance de la mano para poder ser escaneado.

Se recomienda leer con detenimiento los instructivos y videos puestos a disposición para la carga de trámites. En el caso de carga errónea o falsa de datos, el Permiso podrá ser revocado y el monto abonado por los derechos de edificación se perderá.

El Permiso de Edificación con código QR deberá ser descargado, impreso y exhibido en la obra, al alcance de la mano para poder ser escaneado.

Una vez finalizado el trámite con éxito, se podrá dar comienzo a la obra, pero deberás anunciarlo mediante una solicitud de Avance de Obra a través de la plataforma (en etapa de replanteo). Allí se te solicitará adjuntar material fotográfico y se coordinará una inspección.

Si. Habrá 2 instancias obligatorias de aviso de Avance de Obra. Para obras de Tipo 1 deberás solicitarlo en “Etapa de replanteo”. Para obras de Tipo 2 corresponde solicitarlo en “Capa Aisladora” y “Estructura Terminada”. A su vez, deberás hacer este trámite para informar cuando haya una modificación en los profesionales responsables de la obra, y también para avisar el cumplimiento de un Acta de Emplazamiento/Constatación en el caso de haber recibido una durante una inspección.»

PERMISO DE EDIFICACIÓN DIGITAL

Las obras calificadas para solicitar Permisos de Edificación Digital son las de Tipo 2. Esto incluye viviendas Residenciales de más de 4 unidades funcionales (cualquier superficie), Residenciales de más de 600 m2 y más de 1 unidad funcional, Comerciales de más de 250 m2 o más de 2 unidades funcionales, y el resto de Subtipos: Industriales, Sanitarias, Educativas, Turísticas, Playas de Estacionamiento, Estaciones de Servicio, Inmuebles de Patrimonio, Establecimientos de Gran Envergadura, Espectáculos Públicos.

Se debe ingresar el monto de obra total que figure en la Planilla de Liquidación tramitada ante el Colegio profesional correspondiente.

Se considera obra por presupuesto a toda tarea que el colegio profesional designe como tal. Por ejemplo, pérgolas y piletas. Se necesitarán los datos en m2 según Planilla de Liquidación del Colegio.

Una vez que el pago impacte efectivamente en el sistema, podrás descargar tu Permiso en la plataforma en la sección Mis trámites, haciendo clic en el código QR que aparecerá en tu trámite. El mismo deberá ser impreso y estar exhibido en la obra al alcance de la mano para poder ser escaneado.

Al finalizar la carga del formulario, al estar tu trámite Finalizado o Rechazado o al requerir este de acciones de pago se emitirán notificaciones automáticas a través de CiDi. Podrás consultar las mismas a través de CiDi o VeDi

Una vez finalizado el trámite con éxito, se podrá dar comienzo a la obra, pero deberás hacer una solicitud de Avance de Obra a través de la plataforma al llegar a “Capa Aisladora”. Allí se te solicitará adjuntar material fotográfico y se coordinará una inspección.

PERMISO DE EDIFICACIÓN BIM

Las obras calificadas para solicitar Permisos de Edificación BIM son las de Tipo 2 para subtipos Residenciales de más de 4 unidades funcionales (cualquier superficie), Residenciales de más de 600 m2 y más de 1 unidad funcional y Mixto de más de 250 m2 o más de 2 unidades funcionales. Ambos casos hasta un máximo de 4000m2

Se debe ingresar el monto de obra total que figure en la Planilla de Liquidación tramitada ante el Colegio profesional correspondiente.

Una vez que el pago impacte efectivamente en el sistema, podrás descargar tu Permiso en la plataforma en la sección Mis trámites, haciendo clic en el código QR que aparecerá en tu trámite. El mismo deberá ser impreso y estar exhibido en la obra al alcance de la mano para poder ser escaneado.

Al finalizar la carga del formulario, al estar tu trámite Finalizado o Rechazado o al requerir este de acciones de pago se emitirán notificaciones automáticas a través de CiDi. Podrás consultar las mismas a través de CiDi o VeDi

PERMISO DE AMPLIACIÓN/MODIFICACIÓN DE PROYECTO DIGITAL

No, el Final de Obra es requisito obligatorio para hacer una Ampliación. En el caso de que hayas construido sin autorización, deberás hacer primero un Relevamiento/Proyecto Ejecutado, y luego solicitar el Final de Obra a través de la plataforma.

La Modificación de Proyecto se solicita en aquellos casos en los que sacaste un Permiso de Edificación, pero hubo cambios en el proyecto antes de comenzar a construir. En ese caso, se solicitará que adjuntes el Plano actualizado, y abones los derechos de edificación correspondientes (según la diferencia entre el monto de obra anterior y el actualizado).

No necesariamente. Podrás obtener autorización para demoliciones parciales como parte del proyecto cuando la superficie a demoler sea menor al 30% de la superficie cubierta en m2 existente, y no supere un total de 80m2.

AVANCE DE OBRA

Habrá 2 instancias obligatorias de aviso de Avance de Obra. Para obras de Tipo 1 deberás solicitarlo en “Etapa de replanteo” y “Estructura terminada”. Para obras de Tipo 2 corresponde solicitarlo en “Capa Aisladora” y “Estructura Terminada”. A su vez, deberás hacer este trámite para informar cuando haya una modificación en los profesionales responsables de la obra, y también para avisar el cumplimiento de un Acta de Emplazamiento/Constatación en el caso de haber recibido una durante una inspección.

Una vez solicitado el Avance de Obra, un agente se contactará para coordinar la inspección. En el caso de no recibir notificación informando fecha y hora de inspección en los siguientes 5 días hábiles, podrás continuar los trabajos de obra, sin perjuicio de que la inspección podrá efectuarse si la Municipalidad lo dispone.

Si durante una inspección te generaron un Acta de Emplazamiento o Constatación, podrás declarar su cumplimiento según corresponda, solicitando un Avance de Obra para este fin, y adjuntando material fotográfico que lo compruebe.

Podrás presentar bajas profesionales o alta y baja profesional en simultáneo desde el trámite Avance de Obra, cualquiera sea tu ABM profesional se te pedirá como último paso aprobar o rechazar el cambio desde la plataforma de gestión. ¡Importante! No podrás realizar ABM profesional desde la plataforma para aquellos permisos de edificación que se hayan tramitado en papel, la plataforma únicamente puede modificar datos de aquellos Permisos de Edificación realizados a través de la plataforma.

FINAL DE OBRA

Corresponde solicitar un Final de Obra en el caso de que la obra haya concluido y se cuente con un plano aprobado que coincida con lo efectivamente construido. En el caso de haber realizado modificaciones respecto al Permiso de Edificación original durante la obra, deberá realizar antes un Conforme a Obra/Modificación de Proyecto Ejecutado para poner al día la aprobación de los planos.

En el caso de solicitar el Final de Obra sin modificaciones respecto al último plano aprobado, recibirás tu Certificado Final de Obra y el plano firmado. Para aquellos casos que soliciten Final de Obra Parcial sin modificaciones respecto al último plano aprobado, recibirás tu Certificado Final de Obra Parcial para aquellas unidades funcionales finalizadas y el plano firmado acorde a la solicitud. En caso de un Final de Obra con Plazo se podrá obtener el Certificado Final de Obra y el plano firmado una vez realizada la inspección correspondiente que verifique el correcto complimiento del plazo.
Si tu parcela cuenta con estado provisorio podrás acceder al Certificado Final de Obra para Parcelas Provisorias.

No, la solicitud de Final de Obra es gratuita.

Vas a poder acceder y descargar los resultados accediendo a tu trámite en la bandeja Mis trámites apretando en el ícono de la lupa.

CONFORME A OBRA/MODIFICACIÓN DE PROYECTO EJECUTADO

Si durante los trabajos de obra se hubiesen hecho pequeñas modificaciones, que no alteren la esencia del proyecto ni la superficie cubierta total, corresponderá presentar un Conforme a Obra, adjuntando el plano con las modificaciones realizadas. Para cambios mayores en el proyecto, que impliquen cambios en la superficie cubierta total, corresponderá presentar la Modificación de Proyecto Ejecutado, y se te solicitará adjuntar el nuevo Plano, nueva Planilla de Liquidación y nuevo Contrato Colegiado. Además, se te cobrará la diferencia de derechos de edificación según la superficie final real construida.

Como resultado, obtendrás un plano actualizado y aprobado que te servirá como antecedente para solicitar tu Final de Obra.

Vas a poder acceder y descargar los resultados accediendo a tu trámite en la bandeja Mis trámites apretando en el ícono de la lupa.

DECLARACIÓN DE OBRA

Cuando se requiera autorización de planos de una obra construída que no cuente con un Permiso de Edificación vigente, que contenga diferencias respecto al certificado Final de Obra (si tuviese), necesite Relevamiento de construcciones previas o presentar Proyecto Ejecutado.

Se te solicitará adjuntar el Plano Colegiado, la Planilla de Liquidación y el Contrato Colegiado. Podrás diferenciar las distintas etapas que haya tenido la obra, cargando hasta 5 Bloques Constructivos.

Como resultado, obtendrás un plano autorizado que te servirá como antecedente para solicitar tu Final de Obra.

Vas a poder acceder y descargar los resultados accediendo a tu trámite en la bandeja Mis trámites apretando en el ícono de la lupa.

En los Bloques Constructivos vas a poder detallar cuál es el trámite que necesitas. Podés cargar Bloques Constructivos de aquello que se haya construído con:

  • Final de Obra/Transcripción
  • Relevamiento
  • Proyecto Ejecutado
  • Y podés presentar Proyecto Nuevo/Ampliación de ser necesario
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