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¿Cuáles son los tipos de obras?

Los tipos de obra, según su complejidad, se dividen en:

   Tipo 1

  • Residenciales: viviendas unifamiliares hasta 1000m2
  • Residenciales: viviendas hasta 600m2 y hasta 6 unidades funcionales
  • Comerciales: hasta 250m2 y hasta 4 unidades funcionales.
  • Mixtas: Constituye una obra residencial y comercial de hasta 250m2 y hasta 4 unidades funcionales.

   Tipo 2

  • Residenciales de más de 6 unidades funcionales cualquiera sea la superficie.
  • Residenciales de más de 600m2 y más de 1 unidad funcional.
  • Comerciales de más de 250m2 o más de 4 unidades funcionales.
  • Resto de subtipos (industrial, educativo, sanitario, etc)

 

Trámites digitales

Podrá solicitar un Informe Técnico Digital cuando requiera conocer las posibilidades constructivas de una parcela y normativa vigente, ya sea para construir, regularizar la situación administrativa o para habilitar comercios, únicamente para obras tipo 2. Cómo resultado del trámite recibirá un informe técnico completo sobre los planos del proyecto, con las correcciones y observaciones necesarias. Recuerde que el ITD no es un trámite obligatorio, si no un servicio disponible de la Municipalidad.

Podrá solicitar una Consulta Técnica Online para resolver dudas o preguntas estrictamente técnicas y normativas sobre una parcela o construcción, mediante una consulta online con un profesional habilitado. La CTO es un servicio de asesoramiento técnico sin costo que ofrece la Municipalidad.

Podrás obtener autorización para la construcción de tu obra presentando la documentación correcta. Debe solicitarse previo al inicio de la construcción.

– Permiso de Edificación Automático: Corresponde solicitar un Permiso de Edificación Automático cuando se quiere obtener habilitación para comenzar a construir obras nuevas de tipo 1. Debe solicitarse previo al inicio de la ejecución de un nuevo proyecto. Recuerde que la parcela dónde se ubica el proyecto no debe poseer superficie construida previamente. Si solicitó un – PEA – y este fue rechazado, para obtener la habilitación deberá solicitar un Permiso de Edificación Digital.

– Permiso de Edificación Digital: Corresponde solicitar un Permiso de Edificación Digital– cuando se quiere obtener habilitación para comenzar a construir obras nuevas de tipo 2. Debe solicitarse previo al inicio de la ejecución de un nuevo proyecto. Recuerde que la parcela dónde se ubica el proyecto no debe poseer superficie construida previamente.

Corresponde solicitar un Avance de Obra Digital para declarar avances en el estado de obras habilitadas en proceso de realización. Es decir, obras que posean un permiso de edificación papel, o un trámite digital de PED, PEA o Declaración de Obra con Proyecto. Asimismo puede solicitarse para presentar cumplimiento de actas de constatación/emplazamiento, alta/baja/modificación profesional, y para presentar fecha real de demolición en caso de tener un trámite de demolición autorizado.

Recuerde que es obligatorio tramitar el AOD en los siguientes casos:

– Para declarar el estado de la obra en Obras Tipo 1, en etapa de replanteo.

– Para declarar el estado de la obra en Obras Tipo 2, en etapa de capa aisladora y estructura terminada.

– Para declarar una modificación de personal en un Alta/Baja/Modificación de profesionales, en obras que se hayan habilitado de manera digital mediante la plataforma.

– Final de Obra: como resultado final de la obra si finalizó conforme al proyecto original

– Final de Obra con plazo: en caso que haya que realizar correcciones menores

-Final de Obra parcial: si se finalizó al menos 1 unidad funcional completa en el proyecto

– Final de Obra para parcela provisoria: como resultado final de la obra si finalizó conforme al proyecto original pero se encuentra en una parcela con estado provisorio.

Podrás realizar los trámites de “Registro de conservadores y Registro de Medios de Circulación Mecánica Estacionaria (Ascensores)” en la plataforma de Vecino Digital. Para ello ingresá aquí y luego buscá el servicio “Ascensores” para ingresar a la plataforma. 

Podrás generar el alta anual de representantes legales o técnicos de empresas habilitadas en el registro de conservadores (más info aquí) y también registrar los nuevos equipos (más info aquí)

Relevamiento: para declarar construcciones realizadas sin previa autorización municipal. En este caso, los profesionales que figuran en el plano a aprobar únicamente realizan el relevamiento de la obra.

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