Secretaría de Planeamiento Modernización y Relaciones Internacionales
Secretaria
Alejandra Torres

latorres@cordoba.gov.ar
Alejandra Torres es Abogada de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba (Argentina). Fue abanderada 1983, Premio Mención Especial y el Premio “Mauricio Yadarola” (mejor promedio en derecho comercial), año 1984. Fue Investigadora del Instituto de Estudios de la Realidad Argentina y Latinoamericana (IERAL) de la Fundación Mediterránea y Directora del Instituto de Trabajo y Seguridad Social de la Fundación Novum Millenium. Ver LinkedIn.
Funciones de la Secretaría
a) Evaluar, diseñar y rediseñar procesos de gestión que permitan garantizar eficiencia y transparencia en la gestión, operando en el ámbito de la Administración Pública Municipal centralizada y descentralizada en forma transversal a todas las áreas de gobierno.
b) Elaborar políticas de planeamiento, fijando objetivos y metas a alcanzar y en particular: proyectos y programas que requieran de la acción conjunta de otras jurisdicciones, sean comunales, municipales, de comunidades regionales, provinciales, nacionales o internacionales, como así también del sector privado, tendiente al logro de las metas propuestas.
c) Proponer, desarrollar e impulsar la modernización de las normas, procedimientos y procesos administrativos con el objetivo de dotar a la administración de tecnologías de la información, permitiendo dar transparencia, eficacia y agilidad a la gestión administrativa.
d) Proponer proyectos o instrumentos que orienten la gestión de políticas municipales estratégicas, a través de la cooperación provincial, nacional e internacional, y de la promoción de relaciones intergubernamentales.
e) Proponer una agenda y la construcción de consenso, sobre las principales problemáticas que afectan a la Ciudad de Córdoba, su Área Metropolitana y la región, con actores e instituciones socialmente relevantes, en la búsqueda de compromisos efectivos que doten de continuidad en el mediano y largo plazo a los acuerdos alcanzados.
f) Elaborar proyectos y/o instrumentos para la definición de las políticas municipales de modernización y la articulación de las políticas que involucren a diferentes niveles del sistema federal de gobierno.
g) Elaborar, diseñar e implementar el “Plan de Metas de Gobierno” conforme lo dispuesto en la ordenanza no 11942 y sus normas modificatorias y complementarias, y del “Sistema Estadístico Municipal“,
h) Representar a la Municipalidad en la gestión para el otorgamiento, administración, coordinación, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas y proyectos con financiamiento provincial, nacional e internacional, conforme a las directivas expresas que imparta el Departamento Ejecutivo Municipal.
i) Articular, gestionar y administrar fondos para el apoyo de las pymes, emprendedores, Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y ciudadanos, de la ciudad de Córdoba.
j) Propiciar acciones tendientes. al apoyo y acompañamiento de las personas inmigrantes en su proceso de integración social y laboral.
k) Celebrar toda clase de Convenios y/o Acuerdos con Personas Humanas y Jurídicas, Entes y/u Organismos, Públicos o Privados, Municipales, Comunales, Provinciales, Nacionales o Internacionales, que sean necesarios y convenientes a los fines de posibilitar el cumplimiento de los objetivos.
l) Administrar los recursos que le asigne el Departamento Ejecutivo Municipal mediante partida presupuestaria y los que obtenga en los términos de la presente Ordenanza.
m) Generar información estadística y promover la adecuada difusión entre los distintos sectores de la comunidad.
n) Elaborar el Plan de Innovación Municipal conforme a las instrucciones que imparta el Departamento Ejecutivo.
o) Implementar políticas públicas de gobierno abierto bajo los principios esenciales de transparencia, apertura de datos públicos, disponibilidad de información y mecanismos de participación y colaboración,
p) Todas las demás funciones que sean pertinentes y conducentes a la consecución de los objetivos de la Secretaría.
q) Ejercer todas las funciones, atribuciones y deberes que la Ordenanza N° 12.030 confirió al denominado Instituto de Planificación Municipal (IPLAM).
r) Ejecutar los planes, programas y proyectos de su competencia diseñados, de acuerdo a lo que encomiende el Departamento Ejecutivo Municipal.